Calculadora de Prescripción de Deuda
Verifica si tu deuda ha prescrito según la ley mexicana. Ingresa el tipo de deuda y la fecha del último pago para conocer el estado legal y tus opciones.
Datos de la deuda
El plazo de prescripción depende del tipo de instrumento
El reloj de prescripción inicia desde esta fecha
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Monto original o actual reclamadoEstado de prescripción
425 días restantes
EstadoVigente
Fecha de prescripción15 de junio de 2027
Plazo legal5 años
FundamentoArt. 1047 Código de Comercio (interpretación)
VIGENTE
Último pago77% transcurridoPrescripción
ExtendidaVersión Extendida
Comparación, timeline y recomendaciones
Tipo de deudaTarjeta de crédito
Monto$45,000
Último pago2022-06-15
Plazo de prescripción5 años
Fecha de prescripción15 de junio de 2027
Días restantes425
Timeline de prescripción
Último pago
Hoy
Prescripción
ProfesionalVersión Profesional
Referencias legales, análisis de riesgo y guía CONDUSEF
Aviso: Esta calculadora es una herramienta informativa y educativa. Los resultados son aproximados y pueden variar según tu situación particular. No constituye asesoría fiscal, laboral ni contable. Para decisiones financieras, consulta a un profesional calificado.
v2026.1 Actualizado abril 2026 Datos oficiales Código de Comercio · Código Civil · CONDUSEF vigentes
Cómo usar esta calculadora
Selecciona el tipo de deuda, ingresa la fecha de tu último pago (o último reconocimiento de la deuda) y el monto. La calculadora mostrará:
- Si tu deuda ya prescribió, está por prescribir, o sigue vigente
- La fecha exacta de prescripción y días restantes
- El fundamento legal aplicable
- Recomendaciones según tu situación
Plazos de prescripción en México (2026)
Código de Comercio:
• Cheques: 6 meses (Art. 191 LGTOC)
• Pagarés y letras de cambio: 3 años (Art. 1045)
• Tarjetas de crédito: ~5 años (Art. 1047, interpretación)
• Créditos bancarios generales: 5 años (Art. 1047)
• Hipotecas bancarias: 10 años (Art. 1047)
Código Civil Federal:
• Servicios profesionales: 2 años (Art. 1161)
• Arrendamiento: 5 años (Art. 1161)
• Deudas civiles generales: 10 años (Art. 1159)
Ejemplo práctico
Tarjeta de crédito — último pago: junio 2022
Tipo de deudaTarjeta de crédito
Plazo de prescripción5 años
Fecha de prescripciónJunio 2027
Estado actualVigente (aún exigible)
Fuentes y base legal
- Código de Comercio Art. 1038-1048 — Prescripción de acciones mercantiles
- Código Civil Federal Art. 1135-1164 — Prescripción extintiva
- LGTOC Art. 165, 181, 191 — Prescripción de títulos de crédito
- CONDUSEF (condusef.gob.mx) — Derechos del usuario de servicios financieros
- Buró de Crédito (burodecredito.com.mx) — Plazos de permanencia de registros
- Cámara de Diputados (diputados.gob.mx/LeyesBiblio)
Preguntas frecuentes
La prescripción es una figura legal que extingue la obligación de pagar una deuda después de cierto tiempo sin que el acreedor haya ejercido acción judicial ni el deudor haya reconocido la deuda. Los plazos van de 6 meses a 10 años según el tipo de deuda.
Aproximadamente 5 años desde el último pago o reconocimiento. Este plazo se basa en el artículo 1047 del Código de Comercio para acciones mercantiles generales.
Un pago parcial o total, el reconocimiento por escrito, la firma de un convenio de reestructura. Las llamadas de cobranza o cartas de despachos NO reinician el plazo.
No necesariamente. La prescripción y el Buró son independientes. La deuda puede permanecer hasta 6 años en tu historial desde la fecha de incumplimiento.
Pueden intentarlo, pero si alegas la prescripción en tu contestación de demanda, el juez debe desestimar el caso. Es crucial contestar oportunamente y alegar la prescripción expresamente.