Calculadora ISR RIF
Régimen de Incorporación Fiscal: descuento progresivo, declaración bimestral y comparación con RESICO
ISR Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
Año desde tu inscripción al RIF
$
Ingresos totales del bimestre (antes de ISR)ISR a pagar este bimestre
$807
ISR causado (sin descuento)$4,034
Descuento RIF (Año 3)80% = - $3,228
ISR a pagar$807
Tasa efectiva1.01%
Ingresos bimestrales$80,000
Ingresos mensuales equivalentes$40,000
Ingresos anuales estimados$480,000
ISR causado (tabla Art. 111)$4,034
Descuento Año 3: 80%- $3,228
ISR a pagar$807
ISR anual estimado (x6 bimestres)$4,841
El RIF se cerró a nuevos inscritos desde enero 2022 (sustituido por RESICO). Si ya estás en RIF, puedes continuar hasta completar tus 10 años. Actualmente ~4 millones de contribuyentes siguen en RIF.
ExtendidaVersión Extendida
Proyección 10 años, escenarios y comparación RESICO
ISR Bimestre - Año 3
$807
ISR sin descuento$4,034
Descuento 80%- $3,228
Tasa efectiva1.01%
ISR anual total$4,841
Declaraciones bimestrales: ene-feb, mar-abr, may-jun, jul-ago, sep-oct, nov-dic. Se presentan el día 17 del mes siguiente al cierre del bimestre.
ProfesionalVersión Profesional
Tabla completa, transición y optimización
Tabla completa: 10 años de RIF
| Año | Descuento | ISR causado | Descuento $ | ISR a pagar | Tasa efect. | ISR anual |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Año 1 | 100% | $4,034 | $4,034 | $0 | 0.00% | $0 |
| Año 2 | 90% | $4,034 | $3,631 | $403 | 0.50% | $2,421 |
| Año 3 | 80% | $4,034 | $3,228 | $807 | 1.01% | $4,841 |
| Año 4 | 70% | $4,034 | $2,824 | $1,210 | 1.51% | $7,262 |
| Año 5 | 60% | $4,034 | $2,421 | $1,614 | 2.02% | $9,683 |
| Año 6 | 50% | $4,034 | $2,017 | $2,017 | 2.52% | $12,103 |
| Año 7 | 40% | $4,034 | $1,614 | $2,421 | 3.03% | $14,524 |
| Año 8 | 30% | $4,034 | $1,210 | $2,824 | 3.53% | $16,945 |
| Año 9 | 20% | $4,034 | $807 | $3,228 | 4.03% | $19,365 |
| Año 10 | 10% | $4,034 | $403 | $3,631 | 4.54% | $21,786 |
ISR total en 10 años de RIF$108,931
Ahorro total por descuentos RIF$133,137
Planificación de transición
Años restantes en RIF: 7
Año de transición al régimen general: 2033
Opciones al terminar:
- Pasar a Régimen General de Personas Físicas con Actividad Empresarial (tasas del 1.92% al 35%)
- Evaluar migrar a RESICO si cumples requisitos (ingresos < $3.5M anuales, solo actividad empresarial)
- El cambio a RESICO no es automático; debes solicitarlo ante el SAT
Comparación detallada: RIF vs RESICO vs General
| Concepto | RIF Año 3 | RESICO | General |
|---|---|---|---|
| ISR bimestral | $807 | $880 | $4,034 |
| ISR anual | $4,841 | $5,280 | $24,207 |
| Tasa efectiva | 1.01% | 1.10% | 5.04% |
| Declaraciones | Bimestral | Mensual | Mensual + anual |
| Límite ingresos | $2M anuales | $3.5M anuales | Sin límite |
| Nuevos inscritos | Cerrado (2022) | Abierto | Abierto |
Aviso: Esta calculadora es una herramienta informativa y educativa. Los resultados son aproximados y pueden variar según tu situación particular. No constituye asesoría fiscal, laboral ni contable. Para decisiones financieras, consulta a un profesional calificado.
v2026.1 Actualizado abril 2026 Datos oficiales SAT · LISR vigentes
Cómo usar esta calculadora
Ingresa tu año dentro del RIF (1-10), tu ingreso bimestral y tus gastos deducibles. La calculadora aplica el descuento progresivo correspondiente y te muestra el ISR a pagar. En la versión extendida puedes proyectar los 10 años y comparar con RESICO.
- Año 1: 100% de descuento en ISR (no pagas nada)
- Año 5: 60% de descuento
- Año 10: 10% de descuento, último año en RIF
- Declaraciones bimestrales, fecha límite: día 17 del mes siguiente
La fórmula
ISR bimestral = (Ingreso − Deducciones) × Tasa ISR
ISR con descuento = ISR bimestral × (1 − Descuento%)
Tabla de descuentos:
Año 1: 100% | Año 2: 90% | Año 3: 80% | Año 4: 70%
Año 5: 60% | Año 6: 50% | Año 7: 40% | Año 8: 30%
Año 9: 20% | Año 10: 10%
Ejemplo práctico
Tienda de abarrotes, año 5 del RIF
Ingreso bimestral$120,000
Gastos deducibles$85,000
Base gravable$35,000
ISR sin descuento~$3,650
Descuento año 560%
ISR a pagar~$1,460
En RESICO, sobre $120,000 bimestrales pagaría ~$1,800-$2,400 (1.5-2% sobre ingresos sin deducir gastos).
Fuentes y base legal
- Art. 111-113 LISR (hasta 2021) — Régimen de Incorporación Fiscal
- Reforma Fiscal 2022 — Eliminación de nuevos registros al RIF, transición a RESICO
- Disposiciones Transitorias LISR 2022 — Continuidad 10 años para contribuyentes RIF activos
- Art. 113-E a 113-J LISR — Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) como alternativa
- SAT (sat.gob.mx) — Servicio de Administración Tributaria
- Cámara de Diputados (diputados.gob.mx/LeyesBiblio)
Preguntas frecuentes
El RIF fue un régimen fiscal simplificado para personas físicas con actividades empresariales con ingresos hasta $2 millones anuales. Desde 2022 ya no acepta nuevos contribuyentes (fue reemplazado por RESICO), pero quienes ya estaban inscritos pueden continuar hasta completar sus 10 años.
El RIF ofrece un descuento en ISR que disminuye gradualmente: 100% el primer año, 90% el segundo, 80% el tercero, y así sucesivamente hasta 10% en el décimo año. Después del año 10, el contribuyente pasa al régimen general.
Las declaraciones del RIF son bimestrales: enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre. Se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre.
Depende del año en que te encuentres. Si estás en los primeros años del RIF (descuento alto), probablemente conviene quedarte. Si ya estás en años 7-10 (descuento bajo), RESICO con tasas de 1-2.5% podría ser más conveniente.
Al completar los 10 años, debes tributar en el régimen general de actividades empresariales o migrar a RESICO si cumples requisitos. El SAT realiza la transición automática.