Calculadora ISR Anual
Simula tu declaración anual: calcula si tienes saldo a favor del SAT o ISR adicional a pagar.
Datos anuales
$
Total de ingresos del ejercicio fiscal$
Gastos médicos, colegiaturas, donativos, etc.$
ISR retenido por tu empleador durante el añoISR a pagar
$1,112
ISR del ejercicio$29,112
Retenciones$28,000
Tasa marginal21.4%
Tasa efectiva12.1%
Ingresos anuales$240,000
Deducciones personales- $10,000
Base gravable anual$230,000
ISR del ejercicio$29,112
Retenciones acumuladas- $28,000
ISR a cargo (pagar)$1,112
ExtendidaVersión Extendida
Escenarios, gráficos y comparaciones
ISR a pagar
$1,112
Ingreso anual$240,000
ISR del ejercicio$29,112
Tasa efectiva12.1%
ProfesionalVersión Profesional
Todos los parámetros y análisis detallado
Ingresos y deducciones detalladas
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Deducciones personales detalladas
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Preescolar $14,200 | Primaria $12,900 | Secundaria $19,900 | Prepa $24,500$
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Máximo 7% del ingreso$
Máximo 10% ingresos o $152,000Saldo a favor
$2,092
Total deducciones brutas$25,000
Límite 5 UMAs$206,481
Límite 15%$36,000
Deducción efectiva$25,000
Base gravable$215,000
Tasa efectiva10.8%
Aviso: Esta calculadora es una herramienta informativa y educativa. Los resultados son aproximados y pueden variar según tu situación particular. No constituye asesoría fiscal, laboral ni contable. Para decisiones financieras, consulta a un profesional calificado.
v2026.1 Actualizado abril 2026 Datos oficiales SAT · IMSS · LFT vigentes
Cómo usar esta calculadora
Ingresa tus ingresos anuales acumulados, las deducciones personales autorizadas y el total de retenciones de ISR que te efectuó tu empleador. La calculadora aplica la tabla anual del artículo 152 de la LISR para determinar si tienes saldo a favor o ISR a cargo.
- Los ingresos son la suma de todos tus ingresos del ejercicio
- Las deducciones personales tienen límites anuales (5 UMAs o 15% del ingreso)
- Las retenciones aparecen en tu constancia de retenciones del empleador
La fórmula
Base gravable = Ingresos anuales − Deducciones personales
ISR del ejercicio = Cuota fija + (Base − Límite inferior) × Tasa marginal
Resultado = ISR del ejercicio − Retenciones acumuladas
→ Si positivo: ISR a pagar
→ Si negativo: Saldo a favor (devolución)
La tabla anual tiene 11 tramos con tasas del 1.92% al 35%. La tasa marginal aplica solo al excedente sobre el límite inferior del tramo correspondiente.
Ejemplo práctico
Asalariado con ingreso anual de $240,000
Ingresos anuales$240,000
Deducciones personales− $15,000
Base gravable$225,000
ISR del ejercicio$40,218
Retenciones del empleador− $38,000
ISR a pagar$2,218
Fuentes y base legal
- Art. 152 LISR — Tabla anual de ISR para personas físicas (11 tramos)
- Art. 151 LISR — Deducciones personales autorizadas y sus límites
- Art. 93 LISR — Ingresos exentos del ISR
- SAT (sat.gob.mx) — Servicio de Administración Tributaria
- CONDUSEF (condusef.gob.mx) — Comisión Nacional para la Protección de Usuarios de Servicios Financieros
- Cámara de Diputados (diputados.gob.mx/LeyesBiblio) — Texto vigente de la LISR
Preguntas frecuentes
Están obligados los trabajadores que obtuvieron ingresos anuales superiores a $400,000, quienes prestaron servicios a dos o más empleadores, los que recibieron ingresos por honorarios, arrendamiento u otras actividades, y los trabajadores que dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre.
La declaración anual de personas físicas se presenta en abril del año siguiente al ejercicio fiscal. Por ejemplo, la declaración del año 2025 se presenta en abril de 2026. El SAT puede ampliar el plazo en casos especiales.
Si tu declaración arroja saldo a favor, puedes solicitar la devolución directamente en el portal del SAT (sat.gob.mx) al presentar tu declaración anual. El SAT procesa las devoluciones en aproximadamente 40 días hábiles si la información es correcta.
Puedes deducir gastos médicos, dentales y hospitalarios, colegiaturas con límites por nivel educativo, donativos autorizados, intereses reales de crédito hipotecario, aportaciones voluntarias al AFORE y primas de seguros de gastos médicos. El límite es el menor entre 5 UMAs anuales o 15% de tus ingresos.