Calculadora de Horas Trabajadas

Registra tu hora de entrada y salida cada día de la semana. Calcula el total de horas, horas extra (más de 48/semana según LFT) y tu pago estimado.

DiaEntradaSalidaHoras
Lunes9.0h
Martes9.0h
Miercoles9.0h
Jueves9.0h
Viernes9.0h
$
Total de horas trabajadas
45.0 horas
Regulares45.0h
Extra (>48/sem)0.0h
Pago regular$4,500
Pago extra (x2)$0
Horas totales45.0h
Limite LFT48h/semana
Pago regular$4,500
Pago extra (doble)$0
Pago total$4,500
ExtendidaVersion Extendida
Grafica diaria, proyeccion mensual y horas extra
0.0h1.8h3.6h5.4h7.2h9.0hLunMarMieJueVie
ProfesionalVersion Profesional
Analisis de productividad y sensibilidad salarial
$/hora40h45h48h50h (2h extra)55h (7h extra)
$50$2,000$2,250$2,400$2,600$3,100
$75$3,000$3,375$3,600$3,900$4,650
$100$4,000$4,500$4,800$5,200$6,200
$150$6,000$6,750$7,200$7,800$9,300
$200$8,000$9,000$9,600$10,400$12,400
$300$12,000$13,500$14,400$15,600$18,600
Aviso: Esta calculadora es una herramienta informativa y educativa. Los resultados son aproximados y pueden variar según tu situación particular. No constituye asesoría fiscal, laboral ni contable. Para decisiones financieras, consulta a un profesional calificado.
v2026.1 Actualizado abril 2026 Datos oficiales LFT Arts. 61, 66-68 vigentes

Cómo usar esta calculadora

Ingresa la hora de entrada y salida para cada día de la semana. Puedes activar los días de fin de semana si trabajas sábado o domingo. Además ingresa tu salario por hora para ver el pago estimado.

La fórmula

Horas por día = Hora salida − Hora entrada Total semanal = Σ Horas diarias Horas regulares = mín(Total semanal, 48) Horas extra = máx(0, Total semanal − 48) Pago regular = Horas regulares × Salario/hora Pago extra = Horas extra × Salario/hora × 2 (doble) Pago total = Pago regular + Pago extra

Ejemplo práctico

Semana con jornada de 10 horas diarias, 5 días

Horas totales50 horas
Horas regulares (límite LFT)48 horas
Horas extra2 horas
Pago regular ($100/h)$4,800
Pago extra (doble)$400
Pago total$5,200
Fuentes y base legal
  • Art. 61 LFT — Jornada máxima diaria (8h diurna, 7h nocturna, 7.5h mixta)
  • Art. 66-68 LFT — Horas extraordinarias y límites (máx 9h/semana)
  • Art. 67-68 LFT — Pago doble primeras 9h, triple en excedentes
  • Art. 69-71 LFT — Día de descanso semanal y prima dominical
  • CONASAMI (conasami.gob.mx) — Salario mínimo general 2026: $278.80
  • Cámara de Diputados (diputados.gob.mx/LeyesBiblio)

Preguntas frecuentes

La Ley Federal del Trabajo establece una jornada máxima de 48 horas semanales para la jornada diurna. La jornada nocturna tiene máximo 42 horas y la mixta 45 horas semanales.
Según el artículo 67 de la LFT, las primeras 9 horas extra a la semana se pagan al doble del salario ordinario. Las horas que excedan de 9 semanales se pagan al triple.
Depende del acuerdo. Si el trabajador no puede abandonar el centro de trabajo durante la comida, ese tiempo sí cuenta como jornada laboral. Si puede salir libremente, no se cuenta.
El salario diario se divide entre las horas trabajadas en ese día. Para el salario mínimo general 2026 de $278.80 diarios en una jornada de 8 horas, el valor por hora sería $34.85. Para salarios superiores se divide el salario mensual entre 30 días y luego entre las horas de la jornada.
El patrón puede requerir tiempo extra pero el artículo 68 LFT limita a 3 horas diarias y 3 veces por semana. Si el patrón exige más, el tiempo adicional no genera obligación adicional para el trabajador.

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